Certificado de Discapacidad PDF Imprimir Correo electrónico
Escrito por Dirección de Educación Inclusiva   
Lunes 12 de Abril de 2010

¿Qué es un Certificado de Discapacidad?

Es un documento público que se otorga a toda persona que lo solicite y tenga una alteración funcional permanente, transitoria o prolongada, física, sensorial o mental que implique desventajas considerables para su adecuada integración social, familiar o laboral.

¿Quién lo otorga?

La Junta Evaluadora de Personas es una Junta Médica que determina si la persona está en condiciones de obtener o no este Certificado.

Hay dos Juntas Evaluadoras que se encuentran en las Zonas Sur y Norte:

  • Zona Sur: Av. Roca 851- Santa Rosa. Tel: 453953
  • Zona Norte: Hospital Centeno- Gral. Pico.

¿Para qué sirve?

Para acceder a una serie de derechos y beneficios estipulados por las Leyes Nacionales 22.431 y 24.901 y por la Ley Provincial 2226.

Ley 24.901- Cobertura integral de las prestaciones básicas de habilitación y rehabilitación para las personas con discapacidad.

Ley 22.431- Protección Integral para las Personas con discapacidad.

Ley Provincial 2226- Protección Integral para las Personas con Discapacidad.

Además facilita la realización de gestiones como:

  • Pase gratuito en transporte público de corta y larga distancia.
  • Símbolo internacional de acceso para el automóvil (logo) y la exención de pago de las patentes.
  • Libre tránsito y estacionamiento.
  • Régimen de asignaciones familiares en ANSES.
  • Franquicias para la compra de automotores.
  • Administración de pequeños comercios.
  • Exenciones de algunos impuestos.
  • Solicitar empleo en la administración pública.
  • Pensiones
  • Descuentos en servicios.

¿Cómo se tramita?

  • Concurrir a los lugares donde funcionan las Juntas Evaluadoras de Personas para solicitar turno y los requisitos necesarios, según la discapacidad, que deberá presentar el día de la evaluación.
  • Para la evaluación deberá asistir indefectiblemente la persona con discapacidad y, sin excepción, llevar los requisitos solicitados. De no tener esos requisitos, perderá el turno y deberá volver a iniciar el trámite.
  • En caso de que la persona con discapacidad no esté en condiciones de concurrir solo a la Evaluación, deberá hacerlo acompañado por un familiar o un tutor.

Requisitos para obtener el Certificado de Discapacidad

  1. D.N.I. / C.I. / L.E. Original y legible de la persona evaluada y Fotocopia de la 1ª y 2ª hoja del Documento, con domicilio actualizado.
  2. Si posee Obra Social, deberá adjuntar: fotocopia de la 1ª y 2ª hoja del D.N.I., fotocopia del último recibo de sueldo si la persona con discapacidad trabaja; si no trabaja del familiar que tenga a cargo y fotocopia del carnet de la Obra Social.
  3. Según la discapacidad que presente, deberá adjuntar o realizar los certificados y estudios complementarios, que se le informará al solicitar el turno previo.

¿Este Certificado tiene validez nacional?

Sí, puede ser utilizado en cualquier provincia de la República Argentina.

Importante:

  • Nunca se deberá entregar el certificado original para realizar trámites. Las sedes de las Juntas Evaluadoras de Personas le otorgarán fotocopias legalizadas para tal fin.
  • Los Certificados de Discapacidad tienen una duración limitada, que pueden ser renovados según una nueva evaluación de la Junta Evaluadora. Para ello, se deberá solicitar turno, presentar nuevamente los mismos requisitos que la primera vez, junto con el anterior Certificado de Discapacidad.

PENSIONES

¿Qué tipos de Pensiones hay?

  1. Pensiones Asistenciales No Contributivas.
  2. Pensiones Graciables.

¿Qué es una Pensión Asistencial no contributiva?

Es un beneficio otorgado por el Estado a las personas que no han realizado aportes al Sistema de Previsión Social y que acrediten tener Necesidades Básicas Insatisfechas.

¿Cuáles son los requisitos para obtener una Pensión Asistencial no contributiva para las personas con discapacidad?

  • Certificado de Discapacidad o Certificado Médico Oficial que acredite un mínimo de 76% de incapacidad física o mental.
  • No poseer otro tipo de beneficio asistencial, previsional o de retiro.
  • No disponer de bienes, ingresos o recursos de cualquier naturaleza que permitan la subsistencia del solicitante y de su grupo familiar.
  • No contar con familiares obligados a la manutención y en condiciones de proporcionarlos.
  • Los extranjeros deben acreditar 20 años de residencia continuada en el país. El cumplimiento de estos requisitos es controlado a través de la visita de un Asistente Social al domicilio del interesado.

¿Dónde se tramitan las Pensiones Asistenciales No Contributivas?

En el Centro de Referencia del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.Ubicado en: Rivadavia (antes de llegar a Hilario Lagos). Santa Rosa. TE: (02954 - 424135 / 428228 / 428861)

¿Qué beneficios le brindan a los beneficiarios de esta Pensión?

Además del cobro mensual de dicha pensión, el beneficiario y su grupo familiar (hasta los 18 años) cuenta con el Programa Federal de Salud administrado por el Ministerio de Salud de la Nación –PROFE- que le permite acceder a las prestaciones básicas enunciadas en la Ley 24.901.

¿Donde se encuentran los lugares de atención del PROFE?

  • En el Hospital Lucio Molas- Santa Rosa. (Zona Sur) TE: 02954 - 434371 / 424876
  • En el Hospital Centeno- General Pico (Zona Norte)
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