| Tribunal de Clasificación de Secundaria y Superior: Reingreso Secundaria |
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| Escrito por Tribunal de Clasificación de Secundaria y Superior |
| Lunes 08 de Junio de 2009 |
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¿Quién lo puede solicitar? Deberá solicitarlo en el mismo cargo que desempeñaba como titular al momento de la renuncia, siempre que reúna los requisitos del Decreto 2014/96. De corresponderle el reingreso se hará efectivo al inicio del ciclo lectivo siguiente, sin reconocimiento de los haberes no percibidos, antigüedad docente por el tiempo no trabajado ni cómputos a los fines previsionales del lapso de inactividad docente. ¿Qué porcentaje se afecta?
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