| Jubilaciones |
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| Escrito por DIrección General de Personal Docente |
| Lunes 08 de Junio de 2009 |
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Para acceder al beneficio jubilatorio el primer paso es presentar la renuncia ante la institución educativa en la cual se desempeña el docente y puede ser: renuncia condicionada o renuncia definitiva. Renuncia Condicionada: continúa trabajando hasta que el I.S.S o ANSES le comunican la fecha a partir de la cual ha obtenido el beneficio de la jubilación ordinaria. Renuncia Definitiva: deja de prestar servicios el día que consigna en la nota de la renuncia. ¿Qué documentación debe presentar?
En ambos casos, si además el docente se desempeñara en cargos u horas cátedra en carácter de interino o suplente, la baja se informará a la Dirección de Personal Docente en la planilla de movimientos docentes que confeccione la institución educativa debiendo coincidir la fecha de baja con la consignada en la renuncia a los cargos u horas cátedra titulares. En Observaciones se agregará: "corresponde a renuncia condicionada en cargo u horas cátedra interinas o suplentes". Contacto: Lidia GOMEZ - Jorge JORDANESTeléfono: 02954-452600 - Interno: 2064 Horario de Atención: Lunes a Viernes 7:00 hs. a 13:30 hs. Casa de Gobierno - 1º Piso - Santa Rosa - La Pampa |




